Comúnmente se llama “gasto tributario” al conjunto de exoneraciones, excepciones, deducciones y cualquier otro beneficio o incentivo tributario otorgado a algún sector, grupo o actividad, que así reduce su carga tributaria respecto al resto de contribuyentes.

Este tratamiento tributario diferenciado se puede justificar por diversas razones: por ser de interés nacional, por consideraciones sociales, para promover el desarrollo económico, entre otros.

Así, existe gasto tributario que es justificado y legítimo. Por ejemplo, la exoneración al IGV para los alimentos básicos busca preservar la capacidad de consumo de las familias. De igual forma, la exoneración del IGV para medicamentos utilizados en el tratamiento del cáncer, VIH/sida y diabetes, busca apoyar a las personas que padecen estas enfermedades.

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